Promueve diputado capitalino asistencia de traductores para indígenas en juicios
“En este contexto, resulta trascendente que las personas titulares de los órganos de impartición y procuración de justicia, que resuelvan asuntos donde concurran personas indígenas, conozcan sus respectivas lenguas, culturas y cosmovisiones, a fin de que el acceso a la jurisdicción estatal sea óptimo. De lo contrario, las personas indígenas se enfrentan a la incapacidad del Estado para brindar, gratuitamente, los servicios necesarios para una adecuada defensa en todos los procedimientos desarrollados por las instituciones públicas del país”, subrayó. Foto: Enrique Serna.
“En este contexto, resulta trascendente que las personas titulares de los órganos de impartición y procuración de justicia, que resuelvan asuntos donde concurran personas indígenas, conozcan sus respectivas lenguas, culturas y cosmovisiones, a fin de que el acceso a la jurisdicción estatal sea óptimo. De lo contrario, las personas indígenas se enfrentan a la incapacidad del Estado para brindar, gratuitamente, los servicios necesarios para una adecuada defensa en todos los procedimientos desarrollados por las instituciones públicas del país”, subrayó. Foto: Enrique Serna.
Ciudad de México, 26 diciembre 2021 (REDACCIÓN/ CDMX MAGACÍN).- El diputado local, Héctor Díaz Polanco, propuso actualizar el marco jurídico legal en materia de derecho de las personas indígenas para que sean asistidos por personas intérpretes y traductoras en los juicios y procedimientos en los que se encuentren involucrados.
“En este contexto, resulta trascendente que las personas titulares de los órganos de impartición y procuración de justicia, que resuelvan asuntos donde concurran personas indígenas, conozcan sus respectivas lenguas, culturas y cosmovisiones, a fin de que el acceso a la jurisdicción estatal sea óptimo. De lo contrario, las personas indígenas se enfrentan a la incapacidad del Estado para brindar, gratuitamente, los servicios necesarios para una adecuada defensa en todos los procedimientos desarrollados por las instituciones públicas del país”, subrayó.
Es necesario adicionar dos fracciones XI y XXV a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, con el propósito de que se brinden servicios gratuitos de interpretación y traducción, a través del Programa “Refloreciendo Pueblos y Comunidades”, a fin de garantizar el derecho de las personas integrantes de los pueblos y barrios originarios y comunidades indígenas residentes, a la jurisdicción de la Ciudad de México en la lengua indígena nacional de que sean hablantes, en todos los juicios y procedimientos en que sean parte, individual o colectivamente.
El morenista comentó que a pesar de los avances que se han tenido para otorgar las garantías a los pueblos y barrios originarios, así como de las comunidades indígenas residente en la capital del país, aún existen vacíos que impiden el goce pleno de sus derechos.
“La Ciudad de México, como muchas otras ciudades en la actualidad, se caracteriza por la presencia de una gran diversidad lingüística, producto de migraciones internas y externas. De acuerdo con datos de la muestra intercensal 2015, en esta ciudad se han registrado alrededor de 51 agrupaciones lingüísticas de las 68 existentes, lenguas de los pueblos existentes previo al establecimiento del estado mexicano, además de aquellas provenientes de otros pueblos indoamericanos”, dijo.
A nivel nacional, compartió que de las 129,355 personas que declararon hablar una lengua indígena, un número significativo mencionó hablar náhuatl (29.8%), mixteco (11.9%), otomí (10.6%), mazateco (8.5%) y zapoteco (8.1%). De estas agrupaciones, como aquellas que presentan variación, tienen presencia con más de una variante por agrupación. Por ejemplo, en el padrón de la Red de intérpretes y traductores de la SEPI en 2019 se identificaron 10 de las 16 variantes de mazateco.
De tal suerte, propuso adicionar un fracción V a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México, para dejar establecido que “se procurará que las personas titulares de los órganos jurisdiccionales, defensoras públicas y en general toda persona funcionaria judicial que intervenga en asuntos donde personas indígenas formen parte, tenga conocimientos en lenguas, culturas o sistemas normativos indígenas”.