SCJN: evitar ingobernabilidad
deberá evitar el caos para el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la organización de los comicios, y con ello la incertidumbre que podría poner en serias dudas el resultado, y que el próximo presidente padeciera de legitimidad, con los riesgos de ingobernabilidad que ello implicaría.
Mensaje Político
Alejandro Lelo de Larrea
La aplicación o no en 2024 de la reforma electoral “Plan B” del presidente Andrés Manuel López Obrador quedará completamente en manos de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), pero lo más delicado es que esta institución deberá evitar el caos para el Instituto Nacional Electoral (INE) sobre la organización de los comicios, y con ello la incertidumbre que podría poner en serias dudas el resultado, y que el próximo presidente padeciera de legitimidad, con los riesgos de ingobernabilidad que ello implicaría.
La clave en la SCJN es de qué manera le dará entrada a la inminente acción de inconstitucionalidad que presentará la oposición en cuánto se promulguen las modificaciones a seis leyes; esto es si al aceptar a trámite el juicio concede o no la suspensión provisional del acto reclamado, lo que significa suspender la aplicación de las normas reformadas en tanto se resuelve en definitiva el fondo, lo que podría ocurrir a medio proceso electoral, razón por la cual se advierte el riesgo de incertidumbre electoral.
Postergar la aprobación del “Plan B” hasta febrero favorece en lo jurídico a López Obrador, pero también opera en su contra que Arturo Zaldívar, quien sometió a la SCJN al Ejecutivo, ya no la presidirá. Aunque en su lugar podría llegar alguien igual o más dócil, como Yasmín Esquivel, esposa del amigo contratista del presidente, José María Riobóo.
Si la reforma electoral se hubiera aprobado el pasado jueves 15 y entrado en vigor unos días después, la oposición tardaría, como en otros casos, más o menos un mes en presentar la acción de inconstitucionalidad. A finales de enero. La Corte tardaría al menos 15 días en aceptarla a juicio.
Como el Senado ya no le va a cambiar, la ventaja para la oposición es que puede ir trabajando y tener lista su impugnación para el día siguiente que se promulgue, hacia principios de febrero. La Corte le daría entrada hacia la última semana de febrero. Pero aquí aparece el gran problema: la certidumbre a los comicios.
Y es que, la Corte tendría máximo al 2 de junio para resolver a fin de que su fallo pueda aplicarse en 2024, pues el proceso electoral inicia el 1 de septiembre de 2023. La Carta Magna en su artículo 105 establece deben entrar en vigor 90 días antes del arranque del proceso electoral.
La Corte suele ser muy lenta para resolver acciones de inconstitucionalidad; llega a tardarse años. Desde 2019, tiene varias pendientes de resolver contra la militarización de la seguridad pública y la Guardia Nacional.
Por eso es tan relevante que la Corte conceda o no la suspensión del acto reclamado: si frena la aplicación jurídica del “Plan B”, comenzará a organizarse la elección con las leyes vigentes hoy. Pero el riesgo es que a medio proceso electoral la Corte no tuviera los 8 votos suficientes para determinar la inconstitucionalidad y deba aplicar la nueva norma, lo que abriría otro conflicto legal, de si se viola o no el 105 Constitucional, que pondría en grave incertidumbre las elecciones 2024. La viceversa también sería de riesgo elevado.
Para agilizar la resolución de la Corte, el Congreso puede presionar y pedir la atención prioritaria a la acción de inconstitucionalidad del “Plan B”.
Hay otra posibilidad para atacar legalmente el “Plan B” del presidente: los amparos colectivos en los que se les conceda la suspensión provisional de la entrada en vigor de las nuevas normas, pero difícilmente habría sentencia definitiva antes del 1 de junio. Sin certeza electoral en 2024, hay riesgo de ingobernabilidad. Lo veremos.