Sector seguridad privada a favor de nueva Ley de Subcontratación
...empresa podrá enviar personal para realizar una labor distinta al objeto social del contratante, siempre y cuanto aquella esté registrada en el REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas) de la STPS.
…empresa podrá enviar personal para realizar una labor distinta al objeto social del contratante, siempre y cuanto aquella esté registrada en el REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas) de la STPS.
Ciudad de México, 17 julio 2021 (REDACCIÓN / CDMX MAGACÍN).- Derivado de las últimas modificaciones legislativas en materia laboral, la industria de la seguridad priva mostró su disposición de colaborar con las autoridades de la materia para poner en marcha la nueva Ley de Subcontratación, en beneficio de los trabajadores el sector, en todo el país.
En una videoconferencia sostenida junto con Alejandro Salafranca, encargado del despacho de la Subsecretaría de Trabajo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, se abordó el tema: “Ley de subcontratación y Registro de Servicios Especializados”, donde los 125 integrantes de la AMESP se mostraron dispuestos en colaborar en todo con las autoridades laborales del país para poner en marcha los lineamientos de la Ley de subcontratación.
Salafranca Vázquez afirmó que la nueva Ley es una reforma laboral, no mercantil ni fiscal, pese a que se alinearon a ella otras reformas a leyes como la del IVA, ISR, IMSS e Infonavit.
Con ello se busca prohibir la subcontratación, entendida esta en contratar al personal de otra empresa para que haga el trabajo que representa el objetivo central de una compañía. Si se puede, como es el caso de las empresas de seguridad privada, subcontratar obras y servicios especializados siempre y cuanto esto no sean del objeto social, central o actividad preponderante del contratante.
En otras palabras, empresa podrá enviar personal para realizar una labor distinta al objeto social del contratante, siempre y cuanto aquella esté registrada en el REPSE (Registro de Prestadores de Servicios Especializados u Obras Especializadas) de la STPS.
“Esto significa que todo lo que sea distinto a mi actividad empresarial puedo subcontratarlo y si esto implica que me manden personal tiene que estar registrada en el REPSE, pero si no implica que me manden personal, no necesita entonces estar registrado en él”, explicó el funcionario al referir que el registro será necesario cada tres años.