Devuelve bolita Tribunal al INE en tema de Salgado Macedonio
Aunque coincidió en determinar que si hubo omisión en la presentación de gastos de precampaña por parte de Félix Salgado Macedonio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó devolver al INE el dictamen sobre la sanción que deberá recibir el ahora ex candidato.
Aunque coincidió en determinar que si hubo omisión en la presentación de gastos de precampaña por parte de Félix Salgado Macedonio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó devolver al INE el dictamen sobre la sanción que deberá recibir el ahora ex candidato.
Ciudad de México, 10 abril 2021 (ENRIQUE SERNA / CDMX MAGACÍN).- Aunque coincidió en determinar que si hubo omisión en la presentación de gastos de precampaña por parte de Félix Salgado Macedonio, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó devolver al INE el dictamen sobre la sanción que deberá recibir el ahora ex candidato.
Por mayoría de votos, la Sala Superior del TEPJF revocó parcialmente la resolución del INE por la que multó a Morena y sancionó con la pérdida del de Salgado Macedonio, y le instruyó a individualizar de nueva cuenta las sanciones, aunque la multa por 6 millones 573 mil 391 pesos para el partido Morena por omitir la presentación de los informes de precampaña de sus candidatos, sigue firme.
En consecuencia el INE cuenta con un plazo de 48 horas para replantear la sanción aplicable al guerrerense, quien por segunda ocasión movilizó a sus huestes para apersonarse de nueva cuenta a las afueras de las instalaciones de las autoridades electorales.
Aunque en la ponencia del Magistrado Reyes Mondragón determinó que Salgado Macedonio si realizó acto de precampaña, se mencionó que el retiro de la candidatura no es la sanción que debe aplicarse en todos los casos, por lo que defendió la idea de que sea el INE quien revise de nuevo su aplicación.
La resolución del INE goza de legalidad pues siguió el debido proceso, garantizó el derecho de réplica a Morena y a sus candidatos, además de ajustarse plenamente a artículos de la ley constitucionalmente válidos, expuso Mondragón, pese a ello añadió que éstos deben interpretarse a la luz del derecho a ser votado y del hecho de que negar una candidatura inhibe ese derecho, argumento que advierte una posible devolución de la candidatura.