Partidos podrán renunciar a tiempos oficiales para informar sobre Covid, pero sin tinte electoral

La difusión de campañas para afrontar la actual situación de pandemia deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.

La difusión de campañas para afrontar la actual situación de pandemia deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.


Ciudad de México, 04 enero 2021, (REDACCIÓN / CDMX MAGACÍN).- Los partidos políticos que así lo deseen podrán renunciar a sus tiempos oficiales en radio y televisión para la difusión de campañas informativas en torno al Covid-19, sin embargo se deberá realizar sin tinte electoral.

En sesión extraordinaria, el pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral precisó que la difusión de campañas para afrontar la actual situación de pandemia deberá tener carácter institucional y abstenerse de incluir frases, imágenes, voces o símbolos que pudieran ser constitutivos de propaganda política o electoral, o bien elementos de propaganda personalizada de servidor público alguno.

Destacó que con esta determinación los partidos políticos nacionales y locales manifiesten, si así lo determinan, su renuncia a la prerrogativa en radio y televisión para atender la emergencia sanitaria, ya que sólo de esa forma se podrán entregar los materiales y las órdenes de transmisión de los mensajes de salud a los concesionarios de radio y televisión.

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova Vianello, mencionó que se trata de un acuerdo específico para el uso de la prerrogativa y el partido político deberá definir si renuncia a toda o a una parte de los tiempos en radio y televisión, así como el periodo que está circunscrito a un contexto muy particular, es decir, hasta que la emergencia sanitaria se declare levantada.

“El uso de la prerrogativa está regido por normas que no están siendo alteradas por este acuerdo. El que decide qué se pauta es el partido en lo que le corresponde. Y las normas en materia de radio y televisión, la ley y el reglamento correspondiente, establecen qué pasa si el partido no manda promocionales para un periodo específico”, agregó.

La Consejera Claudia Zavala enfatizó que los partidos políticos son los que definen el tiempo que se va a ceder para que sea administrado con los promocionales que haga llegar la Secretaría de Gobernación.

Lo que estamos haciendo, aclaró, “es generar el modelo para que opere esa renuncia de tiempos y, evidentemente, la autoridad facultada para mandarnos los promocionales que se deben de colocar es SEGOB. Y la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos deberá tener claro que esos promocionales se tendrán que poner en la pauta del partido que renunció”.

En este punto, el Consejero Ciro Murayama Rendón consideró que sólo los partidos políticos que renuncien a sus prerrogativas deben informarlo al INE, precisando los términos en que lo hacen, incluyendo el periodo, si se trata de radio o televisión o solamente alguna de esas dos opciones, además de si es pauta federal o local, siempre considerando que no se podrán utilizar estos espacios con fines de lucro electoral.

“Los partidos que decidan no renunciar no nos tienen que decir nada, porque lo ordinario es que hagan uso de su prerrogativa, no nos tienen que responder nada, nosotros vamos a seguirles pautando siempre, no hace falta, porque ese derecho ya se los dio la Constitución”, abundó.

Cuando un partido político renuncie a su prerrogativa e informe con precisión cómo se llevará a cabo esta renuncia, el INE, a través de la Dirección de Prerrogativas y Partidos Políticos, sustituirá sus materiales con los promocionales que sean enviados por la Secretaría de Gobernación.

Se da respuesta a solicitud de la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República

En otro punto de la sesión, consejeras y consejeros dieron respuesta a la solicitud formulada por la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República y por mayoría -10 votos a favor y uno en contra-, respecto a ejercer la facultad de atracción en materia de radio y televisión a efecto de destinar los tiempos que corresponden administrar a la difusión de campañas para la atención de la situación de emergencia con motivo de la pandemia provocada por COVID-19.

Al respecto, el Consejo General aprobó que la solicitud relacionada con la puesta a disposición de los tiempos en radio y televisión que administra el INE debe realizarse a través de la autoridad competente para ello; es decir, la Secretaría de Gobernación.

El Consejero Presidente, Lorenzo Córdova Vianello, manifestó su sorpresa sobre los canales que utilizó el gobierno federal para solicitar ceder los tiempos que como prerrogativas tiene el Instituto, “toda vez que la Coordinación de Comunicación Social y el Vocero de la Presidencia de la República no son una autoridad que tenga competencia para administrar tiempos del Estado y mucho menos, en consecuencia, hacer la solicitud al Instituto Nacional Electoral”.

Afirmó que el INE es autónomo, pero no es un órgano autárquico y hay una buena comunicación con el gobierno federal, “sabemos que tenemos que colaborar para resolver los grandes problemas nacionales con las distintas instancias gubernamentales, con pleno respeto a nuestras competencias y atribuciones”, por lo que las instancias competentes tendrán que valorar y recurrir a las atribuciones que tiene el gobierno federal para poder cumplir a cabalidad con una debida comunicación social en ese sentido.

TAGS
Share This